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Obligaciones de Andrés Serrano Medicina Antiedad

Andrés Serrano Medicina Antiedad asume las siguientes obligaciones, las cuales se dividen en obligaciones relacionadas con la gestión administrativa del servicio de agendamiento y obligaciones relacionadas con la prestación del servicio médico, estas últimas en cumplimiento de la normativa sanitaria aplicable.

Obligaciones Administrativas y de Agendamiento

Section titled “Obligaciones Administrativas y de Agendamiento”

Gestión Adecuada del Servicio de Agendamiento

Section titled “Gestión Adecuada del Servicio de Agendamiento”

Prestar de manera adecuada y diligente el servicio de agendamiento, confirmación y gestión de citas para los Usuarios.

Información Clara sobre Disponibilidad y Costos

Section titled “Información Clara sobre Disponibilidad y Costos”

Proporcionar información clara, veraz y oportuna sobre la disponibilidad de citas, modalidades de atención, costos y procedimientos de agendamiento.

Responder oportunamente a las PQRSFD del Usuario relacionadas con el proceso de agendamiento y gestión administrativa de citas.

Gestionar y proteger adecuadamente la información y datos personales de los usuarios conforme a la Política de Tratamiento de Datos Personales y la normativa aplicable.

Confirmar las citas programadas y notificar al Usuario sobre cualquier cambio, reprogramación o cancelación con la mayor antelación posible.

Procesar los pagos de manera segura y gestionar las solicitudes de reembolso conforme a lo establecido en estos términos y condiciones.

Obligaciones Relacionadas con la Prestación del Servicio Médico

Section titled “Obligaciones Relacionadas con la Prestación del Servicio Médico”

En cumplimiento de la normativa sanitaria colombiana aplicable (Ley 23 de 1981, Ley 1164 de 2007, Ley 1751 de 2015, Resolución 2003 de 2014 del Ministerio de Salud, entre otras), Andrés Serrano Medicina Antiedad se obliga a:

Prestación Adecuada de Servicios Médicos

Section titled “Prestación Adecuada de Servicios Médicos”

Prestar de manera adecuada, diligente y bajo los estándares de calidad exigidos por la normativa sanitaria, los servicios médicos estéticos contratados.

Actualizar constantemente los protocolos de atención médica y seguridad del paciente en función de las regulaciones de salud vigentes y las mejores prácticas médicas basadas en evidencia científica.

Cumplimiento Normativo de Instalaciones y Equipos

Section titled “Cumplimiento Normativo de Instalaciones y Equipos”

Asegurar que las instalaciones, equipos y productos utilizados cumplan con las normativas vigentes sanitarias y de seguridad, y que se encuentren debidamente aprobados por las entidades regulatorias competentes (INVIMA, Secretaría de Salud).

Aplicación de Protocolos Médicos Obligatorios

Section titled “Aplicación de Protocolos Médicos Obligatorios”

Asegurarse de que los procedimientos se realicen siguiendo todos los protocolos médicos y sanitarios exigidos por la legislación colombiana, incluyendo medidas de bioseguridad y asepsia.

Garantizar que todo el personal médico y asistencial involucrado en la prestación de servicios esté debidamente capacitado, certificado y cuente con las habilitaciones vigentes exigidas por el Ministerio de Salud.

Atender cualquier inconveniente, complicación o reacción adversa derivada de los procedimientos médicos, dentro de los lineamientos médicos establecidos y la normativa sanitaria aplicable.

Garantizar un adecuado seguimiento del paciente para monitorear la evolución del tratamiento, ofreciendo asesoría profesional en cuidados post-tratamiento y realizando los ajustes necesarios en el protocolo según la evolución clínica del paciente.

Proporcionar información completa, clara, veraz y comprensible sobre cada procedimiento médico, incluyendo sus indicaciones, contraindicaciones, riesgos, beneficios, alternativas y limitaciones, mediante el proceso de consentimiento informado regulado por la Resolución 2003 de 2014 del Ministerio de Salud.

Historias Clínicas y Documentación Médica

Section titled “Historias Clínicas y Documentación Médica”

Elaborar, mantener y conservar las historias clínicas de los pacientes conforme a lo establecido en la Resolución 1995 de 1999 y demás normativa aplicable, garantizando su confidencialidad, integridad y disponibilidad durante el plazo legal establecido.

En caso de que se presenten daños o complicaciones derivadas de una actuación negligente, impericia, imprudencia o incumplimiento de protocolos de bioseguridad por parte del personal médico o de la institución, asumir la responsabilidad profesional y legal correspondiente conforme a la normativa sanitaria y el Código de Ética Médica.

Las demás obligaciones establecidas en la normativa sanitaria colombiana aplicable a la prestación de servicios de salud estéticos.